Micelio
Auto8 de marzo de 2023

A- de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria-Procesos En Los Cuales, Según Las Pautas De Ponderación, Los Factores De Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena No Se Satisfacen
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Medellín y las autoridades del Resguardo indígena Pastas ubicado en Aldana (Nariño).

Dicha controversia versa sobre la competencia para conocer del proceso penal adelantado en contra de dos ciudadanos por la presunta comisión de los delitos de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado y concierto para delinquir agravado.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones y de reiterar jurisprudencia sobre la jurisdicción especial indígena y los presupuestos para el reconocimiento del fuero, la Corte declaró que la Jurisdicción Ordinaria en su Especialidad Penal, es la competente para conocer el proceso penal mencionado.

Lo anterior porque solo se satisface el factor personal, pero no se cumplen el factor territorial, debido a que los hechos no ocurrieron en el territorio en el que se encuentra asentada la comunidad indígena que reclama el conocimiento del proceso, ni el factor institucional, habida cuenta de que la comunidad no acreditó que cuenta con procedimientos que garanticen la protección de los bienes jurídicos presuntamente lesionados por la conducta desplegada, que sean respetuosos del derecho al debido proceso y que con estos se garantice un poder de coerción, entre otros.

Por lo demás, el factor objetivo no resulta determinante para la decisión, por cuanto el bien jurídico tutelado interesa tanto a la cultura mayoritaria como a la comunidad indígena.

En consecuencia, remitió el expediente al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. Dirimir el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito Especializado de Medellín y el Resguardo indígena Pastas ubicado en Aldana (Nariño), en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
  3. Primero. Penal del Circuito Especializado de Medellín conocer del proceso penal adelantado en contra de Alberto Leonel Morales y Félix Ramiro Quenán Moncayo por el delito de tráfico de estupefacientes y concierto para delinquir agravado.
  4. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2702 al Juzgado
  5. Primero. Penal del Circuito Especializado de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.